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20060523 martes mayo 23, 2006

Declaraciones Manuales Régimen General


A contar del mes recaudación Marzo-2005, las declaraciones y/o pagos de cotizaciones manuales sólo podrán realizarse con la nueva planilla (carátulas y anexos) que el IPS entrega en sus Sucursales.

La División Empleadores del IPS ha dado a conocer las siguientes disposiciones:

1. A contar del mes recaudación Marzo-2005, los empleadores del régimen general que efectúen la declaración y/o pago de cotizaciones en forma manual sólo podrán utilizar la nueva planilla (carátulas y anexos) que el IPS pone a su disposición a través de las Sucursales. Las entidades recaudadoras no aceptarán declaraciones y/o pagos en los antiguos formatos de planillas del régimen general, los que se entenderán fuera de uso.

Por lo anterior, entiéndase terminado, a contar del 1° de marzo de 2005, el período de transición en que los empleadores podían usar indistintamente el formato antiguo o el nuevo.

2. Las únicas planillas en formato antiguo que podrán recibir las entidades recaudadoras corresponden a pago de declaraciones efectuadas oportunamente con anterioridad al 1° de Marzo de 2005.

3. Las sucursales IPS dispondrán del stock suficiente de planillas nuevas (carátulas y anexos) a objeto de satisfacer la demanda de los empleadores.

4. Se recomienda a los empleadores que presenten una cantidad considerable de trabajadores que declaren y paguen las cotizaciones vía internet.

En la actualidad, los portales autorizados para ser utilizados por los empleadores para confeccionar la planilla electrónica y declarar y pagar cotizaciones al IPS son: 

- Portal del IPS  www.ips.gob.cl

- Portal de  www.previred.cl

- Portal web de la CCAF de Los Andes

- Portal web de la CCAF 18 de Septiembre

- Portal web de la CCAF La Araucana

- Portal web del Banco Chile

- Portal web del Banco BCI.
( may 23 2006, 05:24:59 PM CLT ) Permalink

¿Cómo se solicita la Desafiliación?


El interesado debe presentar una Solicitud de Desafiliación en la AFP que corresponda; ésta la remite con sus antecedentes a la Superintendencia de Pensiones, la que lo envía al IPS para informe, luego del cual se pronuncia acerca de la procedencia de la desafiliación.

( may 23 2006, 04:29:05 PM CLT ) Permalink