miércoles febrero 10, 2010 ![]() |
Desde agosto de 2010, y por un período de dos años, todo nuevo cotizante será afiliado de manera automática a AFP "Modelo".
Materializando uno de los aspectos más importantes de la Reforma Previsional, la Superintendencia de Pensiones llevó acabo el proceso de licitación de la cartera de nuevos afiliados, proceso que tiene como objetivo incentivar la competencia de precios entre las AFP e incrementar la eficiencia en la industria de Administradoras de Fondos de Pensiones.
Ofreciendo operar con una comisión de 1,14%, la AFP "Modelo" superó las ofertas de Planvital, Habitat y Cuprum, adjudicándose así la administración de los fondos de pensiones de los nuevos afiliados durante un período de dos años, a partir del 1 de agosto de 2010.
La Superintendencia de Pensiones realizará esta licitación cada dos años, y en ella pueden participar todas las Administradoras de Fondos de Pensiones existentes y aquellas personas jurídicas nacionales o extranjeras que aún no están constituidas como tales, pero que cuentan con el certificado provisional de autorización otorgado por la Superintendencia, de acuerdo a lo establecido en la ley, y que cumplan con los requisitos establecidos en las respectivas Bases de Licitación.
La licitación de la cartera de afiliados es uno de los aspectos más importantes de la Ley de Reforma Previsional ya que desde sus orígenes, el mercado de las AFPs se ha mostrado poco sensible al precio pues no se observa gran movilidad de los afiliados entre AFP como respuesta a diferencias en el costo de administración que cobran las distintas administradoras.
La licitación de las cuentas que corresponden a los afiliados nuevos apunta directamente a este problema, ya que este grupo de personas será asignada exclusivamente de acuerdo a precio, específicamente a la AFP que presente la menor comisión de administración, con el beneficio que ello implica para ellos. Además, la existencia del evento de licitación hace que potencialmente el resto de los afiliados se interesen en comparar los precios entre las diferentes administradoras, aumentando así el grado de respuesta de todo el grupo ante variaciones en el precio.
La Superintendencia de Pensiones adjudicará la licitación a la entidad que ofrezca cobrar la menor comisión por depósito de cotizaciones periódicas al momento de la presentación de las ofertas. Se entenderá por comisión por depósito de cotizaciones periódicas aquella parte de la cotización adicional destinada al financiamiento de la Administradora.
Preguntas y respuestas
¿Qué es la licitación de cartera de afiliados nuevos?
Se trata de un proceso para adjudicar por un período de dos años las cuentas de capitalización individual de los nuevos trabajadores que entren al mercado laboral. La Superintendencia de AFP está a cargo de realizar la licitación establecida en la Reforma Previsional.
¿Se trata de un proceso que sólo se realiza por una vez?
No. Cada 24 meses la Superintendencia de Pensiones deberá efectuar licitaciones públicas para adjudicar el servicio de administración de las cuentas de capitalización individual de las personas que se afilien al sistema por primera vez. Y en cada licitación se adjudicará el servicio a la entidad que ofrezca cobrar la menor comisión por depósito de cotizaciones periódicas.
¿Quiénes son los afiliados que integran la cartera licitada?
Serán los afiliados que se integren desde agosto de este año hasta agosto de 2012. Se habla por lo general de unas 700 mil personas, que fueron los que iniciaron su vida laboral entre enero de 2007 y diciembre 2008.
¿Las AFP que no ganen la licitación deberán ajustar sus comisiones según el precio que establecieron en su oferta?
No. Sólo la administradora ganadora del proceso deberá traspasar el costo de la comisión que ofertó a todos sus afiliados (no sólo a los nuevos).
¿Los nuevos afiliados deberán permanecer por siempre en la AFP que gane la licitación?
No, sólo deberán permanecer 24 meses después de haberse afiliado. Además, existen cláusulas que permiten la salida antes del período establecido. Entre ellas, que la menor comisión no compense la mayor rentabilidad que hubiese obtenido otra AFP en el período comprendido entre la fecha de afiliación y el día en que se solicite el traspaso.