lunes mayo 08, 2006 ![]() |
Si durante el período de Evaluación en una entidad empleadora hubieren ocurrido una o más muertes por accidentes del trabajo, el respectivo Organismo Administrador deberá investigar las causas de los siniestros. Si éstos se originaron por falta de prevención de parte del Empleador, la tasa de Cotización Adicional que resulte del proceso de evaluación se elevará al porcentaje inmediatamente superior de esta tabla.
Este decreto busca premiar bajando las tasas de cotización adicional a las entidades empleadoras que implementen medidas preventivas que les permitieran eliminar o reducir los accidentes y enfermedades profesionales y a la vez dar cumplimiento a las disposiciones relativas a alzar la tasa a quienes registren accidentes y enfermedades con sus consecuentes días perdidos, invalideces y muertes.
Es aplicado por todos los organismos administradores, INP- SEREMI de Salud y Mutualidades de empleadores.
Quienes hayan solicitado este beneficio, y no aparezcan en la actual lista de pagos disponibles, podrán acceder al cobro una vez que se realice la tramitación completa de sus solicitudes, de acuerdo a la fecha en que pidieron su bono, y luego de cumplidos todos los procedimientos legales requeridos. De acuerdo con esto, en una segunda etapa se agregarán 660 personas más al listado de “Pagos disponibles Bonos Ley 19.980 (modifica Ley Rettig)”, que podrá consultarse a través del sitio web www.inp.cl y de nuestra línea gratuita 800 20 2500 del IPS.
Finalmente, para completar los pagos, se actualizará esa lista con otras 940 personas cuyas solicitudes se encuentran actualmente en trámite. Para avanzar en este proceso, el INP está trabajando con la Contraloría General de la República y el BancoEstado, con la mayor disposición para generar con celeridad los pagos restantes, en el marco de la normativa vigente para la entrega de estos beneficios.