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Preguntas Frecuentes del IPS

20060515 lunes mayo 15, 2006

Ley N° 19.992 ¿Hay plazos para presentar la solicitud?


No hay plazos para presentar la solicitud; no obstante cabe tener presente que los beneficios se devengan a contar del primer día del mes subsiguiente de la presentación de la solicitud.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


( may 15 2006, 10:03:35 AM ACT ) Permalink

Ley N° 19.992, ¿Cómo pueden postular los residentes en el extranjero?


Completar solicitud en Internet, grabarla, imprimirla y entregarla en un Consulado de Chile, para su envío al IPS.

Si no tiene Internet, deberá realizar la solicitud directamente en el consulado para su envío al IPS.

En ambos casos debe acompañar fotocopia de su documento de identificación (Cédula de Identidad, Pasaporte u otro).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


( may 15 2006, 09:41:03 AM ACT ) Permalink