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Preguntas Frecuentes del IPS

20060516 martes mayo 16, 2006

¿Cuál es el plazo y dónde tiene la empresa que acreditar los requisitos para rebaja o exención de cotización adicional?


El plazo es al 31 de octubre, deben efectuarse en la Sucursal del INP. En caso que en se apruebe la rebaja o exención, ésta comenzará a regir a contar del 01 de enero del año siguiente.

Excepcionalmente estos antecedentes se pueden presentar entre el 01 de noviembre y hasta el 31 de diciembre, en cuyo caso la rebaja o exención que se acepte, sólo comenzará regir a contar del primero día del tercer mes siguiente a aquel en que se haya acreditado el cumplimiento de todos los requisitos.


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( may 16 2006, 03:43:21 PM ACT ) Permalink

¿Cómo se acreditan los requisitos de rebaja?


Presentando en las Sucursales del INP, antes del 31 de octubre del año 2005, los antecedentes que se indican:

1. Hallarse al día en el pago de sus cotizaciones de la Ley 16.744. Presentar las planillas de pago de los meses que hubiera adeudado al 30 de junio del 2005, más verificación en el sistema INP de los dos últimos períodos. Si hubiera pertenecido a una Mutualidad de empleadores parte de los dos últimos períodos debe presentar las respectivas planillas de pago.


2. Poseer Comités Paritarios en funcionamiento siempre que proceda.

Para lo cual cada empresa debe presentar en el mes de octubre, las copias de las actas de constitución de todos los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad que se hayan constituidos por primera vez o renovado en los dos últimos períodos anuales y una declaración jurada ante Notario del representante legal de ésta, suscrita también por los miembros de dicho Comités, en que se certifique el funcionamiento de cada uno de los Comités Paritarios existentes en la empresa en los correspondientes Períodos Anuales.


3. El cumplimiento, cuando procediere, de las disposiciones establecidas en los títulos III V, VI del Decreto Supremo N°.40 de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.


3.1 Titulo III: Toda Empresa Minera, Industrial, o Comercial que ocupe más de 100 Trabajadores deberá contar con un Departamento de Prevención de Riesgos Profesionales, dirigido por un experto en la materia.


Lo anterior se acredita mediante la presentación de un informe, carta, declaración simple o jurada ante notario del representante legal, indicando:


- Fecha de contrato del Experto.

- N° de registro de experto otorgado por el respectivo Servicio de Salud.

- Número de jornadas por la cual ha sido contratado el experto

- Copia del contrato de trabajo o de la resolución correspondiente.

Ver: Declaración jurada 3 Depto. Prev.


3.2 Titulo V: Toda entidad Empleadora estará obligada a establecer y mantener al día un Reglamento Interno de Higiene y Seguridad en el Trabajo, cuyo cumplimiento será obligatorio para los Trabajadores de la empresa.


3.3. Titulo VI: Los Empleadores tienen la obligación de informar oportuna y convenientemente a todos sus Trabajadores acerca de los riesgos profesionales que implican sus labores, las medidas preventivas, y de los métodos de trabajos correctos.

 

Ambos 3.2 y 3.3. se acreditan mediante presentación un informe, carta, declaración simple o jurada que posee Reglamento Interno de Higiene y Seguridad y que ha cumplido con el derecho de saber, es decir, informar a sus trabajadores de los riesgos que entrañan sus labores.


( may 16 2006, 03:42:55 PM ACT ) Permalink

Ley N° 19.992 ¿Cuándo se realizará el Pago de la Pensión de Reparación?


El pago propiamente tal se realizará en una fecha a definir una vez dictado el Reglamento.

En todo caso, el pago de la pensión de reparación se efectuará por el total del beneficio que se acumule por los meses transcurridos desde que se devengó.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


( may 16 2006, 10:05:09 AM ACT ) Permalink

Ley N° 19.992 ¿Cuál es el tiempo promedio de respuesta desde presentada la solicitud de pensión de reparación?


Aún no se tienen estándares de tiempo de respuesta, por cuanto se debe dictar el Reglamento que debe enviarse a Toma de Razón de la Contraloría General de la República. Hecho, se debe conceder el beneficio, el cual también debe ser Tomado Razón por el organismo fiscalizador.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


( may 16 2006, 10:01:47 AM ACT ) Permalink

Ley N° 19.992 ¿En caso de fallecimiento de la persona individualizada en la Nómina, ¿puede actuar en su representación un familiar directo como cónyuge, o hijos?


No. Si la persona individualizada está fallecida, no se transmite el derecho a la cónyuge, hijos o herederos en general. Luego, si aún en conocimiento de esto, el beneficio fuera solicitado, no va a ser concedido a una persona distinta de la víctima.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


( may 16 2006, 09:42:27 AM ACT ) Permalink

Ley N° 19.992 ¿La Pensión Anual establece pensión de reparación a menores de 70 años. ¿Existe requisito de edad mínima tope?


No, Los beneficiarios pueden ser personas de cualquier edad. Los tramos de edad sólo son referencias para determinar el monto del beneficio.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


( may 16 2006, 09:34:21 AM ACT ) Permalink