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Preguntas Frecuentes del IPS

20051205 lunes diciembre 05, 2005

Contrato de trabajo


Es necesario que todo empleador que contrata un Trabajador de Casa Particular suscriba, al momento que éste inicie sus funciones o dentro del plazo de 15 días de incorporado, un Contrato de Trabajo. De no existir contrato, en un juicio laboral se presume verdadero lo declarado por el trabajador. El contrato puede ser confeccionado en un formulario-tipo, el cual se encuentra a la venta en librerías y debe realizarse ya se trate de jornadas completas o jornadas parciales. Del mismo modo, para el término de la relación laboral, hay que observar formalidades.

Contrato de trabajo

En general en el contrato deben estar presente los siguientes elementos básicos:

- Fecha y Lugar del Contrato
- Individualización del empleador y empleado
- Fecha de inicio de las actividades
- Funciones que debe realizar la trabajadora
- Especificar si es puertas adentro o afuera
- Extensión de la jornada
- Remuneración bruta
- Día de descanso
- Precisar si la trabajadora recibirá aguinaldos, bonos y asignación de locomoción
- Duración del contrato


( dic 05 2005, 01:29:33 PM ACT ) Permalink

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