martes mayo 09, 2006 ![]() |
El IPS ofrece la posibilidad de declarar e incluso pagar las cotizaciones por Internet.
Para realizar este trámite en forma manual es necesario obtener un Talonario de Trabajador de Casa particular. Si el trabajador no cuenta con él, debe presentarse en cualquier Centro de Atención del IPS con los siguientes documentos :
Afiliados al régimen antiguo deben presentar :
- Contrato de Trabajo
- Cédula de Identidad
- Afiliados a AFP deben presentar
- Contrato de Trabajo
- Cédula de Identidad
- Certificado o Libreta de afiliación de AFP.
- La tasa de Cotización para las trabajadoras de casa particular afiliadas al antiguo régimen es de un 26,79%, desglosada de la siguiente forma:
|
Institución Previsional |
Tasa Cotización |
|
Fondo de Pensiones |
18,84% |
|
Fonasa |
7% |
|
Accidentes del Trabajo y Enfermedades profesionales |
0.95% |
Las Trabajadoras de Casa Particular afiliadas al Régimen nuevo de Previsión (AFP) efectúan la cotización de correspondiente al Fondo de Pensiones, en
Todas las Trabajadoras de Casa Particular perteneciente al Régimen Antiguo deben afiliarse a una AFP de su elección, con el sólo objeto de cotizar en ella por parte del empleador el 4,11% correspondiente al aporte al Fondo de Indemnización; en las afiliadas al nuevo sistema ëste se efectúa en la misma AFP, en la que es afiliado.
El empleador debe calcular las Cotizaciones a Pagar, sobre la renta imponible, es decir aquella convenida entre el trabajador y el empleador, y que se encuentra formalizada en el Contrato de Trabajo.
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Renta Imponible |
Tasa(%) |
Monto a Cancelar ($) |
Inst. de Previsión a ingresar Cotización |
|
$ 90.000(***) |
(*) |
$ ------ |
AFP Afiliación Libre Elección |
|
4,11(**) |
$ 3.699 |
AFP ( Fondo de Indemnización) | |
|
7,95 |
$ 7.155 |
IPS |
(*) : La Tasa de Cotización de las AFP, son variables, si es IPS sería la tasa de un 18.84%.
(**) : El porcentaje a enterar de un 4,11% es obligatorio de ingresar en una AFP, para los trabajadores afiliados al nuevo y como antiguo régimen.
(***): Renta Mínima Imponible ACTUALIZADA para Trabajadoras de Casa Particular.
Es importante recordar que el plazo para la declaración y pago de las cotizaciones vence los días 10 de cada mes. Sin embargo,
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