martes mayo 16, 2006 ![]() |
El plazo es al 31 de octubre, deben efectuarse en
Excepcionalmente estos antecedentes se pueden presentar entre el 01 de noviembre y hasta el 31 de diciembre, en cuyo caso la rebaja o exención que se acepte, sólo comenzará regir a contar del primero día del tercer mes siguiente a aquel en que se haya acreditado el cumplimiento de todos los requisitos.