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Preguntas Frecuentes del IPS

20060516 martes mayo 16, 2006

Ley N° 19.992 ¿En caso de fallecimiento de la persona individualizada en la Nómina, ¿puede actuar en su representación un familiar directo como cónyuge, o hijos?


No. Si la persona individualizada está fallecida, no se transmite el derecho a la cónyuge, hijos o herederos en general. Luego, si aún en conocimiento de esto, el beneficio fuera solicitado, no va a ser concedido a una persona distinta de la víctima.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


( may 16 2006, 09:42:27 AM ACT ) Permalink

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