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Preguntas Frecuentes del IPS

20060510 miércoles mayo 10, 2006

¿Se puede aplicar recargo adicional por incumplimiento de las medidas de higiene y seguridad?


Sí, los organismos administradores de oficio o por denuncia pueden imponer un recargo de hasta un 100% de las tasas que establece el DS N° 110, de 1968, por las causales que se indican en el artículo 15° del D.S. N° 67.



( may 10 2006, 04:34:50 PM ACT ) Permalink

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