jueves agosto 11, 2005 ![]() |
Sí, puede seguir trabajando si su capacidad residual se lo permite y deberá cotizar para el fondo de pensiones, salud y para el seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
Se previene que si jubiló por una invalidez especifica, sólo estará impedido de trabajar en una actividad que exija plena capacidad de la habilidad por cuya pérdida fue declarado inválido.