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Preguntas Frecuentes del IPS

20050811 jueves agosto 11, 2005

Si un imponente ha jubilado por invalidez en un determinado régimen previsional ¿puede seguir trabajando? y ¿deberá continuar cotizando?


Sí, puede seguir trabajando si su capacidad residual se lo permite y deberá cotizar para el fondo de pensiones, salud y para el seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Se previene que si jubiló por una invalidez especifica, sólo estará impedido de trabajar en una actividad que exija plena capacidad de la habilidad por cuya pérdida fue declarado inválido.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


( ago 11 2005, 12:34:51 PM ACT ) Permalink

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