jueves agosto 11, 2005 ![]() |
Sí, debe seguir cotizando para el Fondo de Pensiones (10%), cotización adicional correspondiente, para Salud (7%) y para el seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
Ahora bien, si ya afiliado en la AFP cumple 65 años si es hombre o 60 años si es mujer, estará obligado sólo a cotizar el 7% para salud y la cotización para el seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.