miércoles mayo 24, 2006 ![]() |
La liquidación de un Bono es el pago del monto nominal del Bono actualizado, por lo que un Bono emitido con alternativa de cálculo Nº9 no puede ser pagado.
Si bien, la alternativa Nº9 indica que el afiliado no cumple con los requisitos para acceder a un Bono de Reconocimiento, no significa, necesariamente, que esta persona no registre imposiciones en es el antiguo sistema. Entonces, la forma de "liquidar" este Bono es la emisión de un Informe de Tiempo para Garantía Estatal, en el que se indica la cantidad total de años cotizados que se registran en el INP hasta la fecha de afiliación.