martes mayo 09, 2006 ![]() |
Las personas que sean beneficiarias de una pensión concedida por el INP pueden otorgar poder para el cobro de su pensión a otra persona que sea de su confianza.
Dónde debo ir
A
Qué documentos debo presentar
1. Cédula de identidad del pensionado y apoderado.
2. Colilla de pago de la pensión.
3. Carta poder notarial. Si es del extranjero debe ser visado por el ministerio de Relaciones Exteriores.
4. Certificado de nacimiento que acredite la supervivencia del pensionado. Este certificado debe presentarse cuando ha transcurrido más de dos años de la carta poder y se solicite su renovación.