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20060523 martes mayo 23, 2006

Desafiliación del nuevo sistema de pensiones


A) ¿Quiénes puede solicitar su desafiliación del nuevo sistema?
Pueden solicitar su desafiliación aquellas personas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

  • Quienes hayan sido imponentes de instituciones de previsión del Régimen Antiguo y no tengan derecho al Bono de Reconocimiento.
  • Aquellos que, teniendo derecho a Bono de Reconocimiento por cotizaciones enteradas en alguna institución de previsión en el período comprendido entre el 1º de julio de 1979 y la fecha de opción por el nuevo Sistema Previsional, tengan a lo menos 60 meses de cotizaciones anteriores a julio de 1979.

B) ¿Dónde debo solicitar mi desafiliación?
Si cumple con los requisitos establecidos en la letra b) del artículo 1º de la ley 18.225, de 1983, (ver pregunta A) debe suscribir el formulario “Solicitud de Desafiliación” en la Administradora (AFP) donde tiene afiliación vigente.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


( may 23 2006, 12:47:31 PM CLT ) Permalink

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